Toda empresa que quiera importar productos cosméticos de fuera de la Unión Europea a España, deberá presentar la Declaración Responsable de Importación de Productos Cosméticos ante la Agencia Española de Medicamentos (AEMPS).
Mediante esta declaración la empresa se compromete a contar y cumplir con todas las exigencias del nuevo Real Decreto 85/2018 para la regulación de los productos Cosméticos y el Reglamento (CE) 1223/2009 Europeo de productos Cosméticos.
Entre los requisitos a cumplir como importador de productos cosméticos encontramos los siguientes:
- Disponer de un almacén que cumpla la normativa para almacenar cosméticos
- Control de plagas
- Redacción de PNTs, memoria técnica y registros de trabajo.
- Cosmetovigilancia
- Control Microbiológico
- Trazabilidad de los productos cosméticos
- Correcto etiquetado
- Comunicar la puesta en el mercado a través del CPNP
- Dossier de seguridad de cada producto cosmético (PIF)
- Contar con un farmacéutico o químico como Responsable Técnico
Respecto a este último punto del Responsable Técnico, tanto un farmacéutico como un químico con experiencia podrán realizar las funciones que se le exige al Responsable Técnico para la correcta supervisión y evaluación de la importación de cosméticos por parte de la empresa que presenta la Declaración Responsable de Importación de Productos Cosméticos.
Las funciones del Responsable Técnico farmacéutico serán la supervisión de la importación, control de recepción de productos, supervisión de análisis microbiológicos, liberación de lotes, ser el interlocutor con las autoridades sanitarias, control de etiquetado entre otras cosas.
Ser importador de productos cosméticos conlleva una alta responsabilidad para con el consumidor, por eso es importante contar con un correcto asesoramiento y amplia experiencia por parte del Responsable Técnico que se contrate.